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Los presupuestos estimativos según la ley
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La ley especifica que se deberá presentar un presupuesto estimativo de gastos para el año siguiente, como así también, una proyección de los ingresos.
La elaboración de presupuestos permite a las empresas adelantarse en el tiempo y prevenir un mejor funcionamiento. En los condominios, al no existir lucro no hay, por ejemplo, una proyección de las ventas, o un manejo de costos de materias primas. A cambio tenemos diferentes ítems que conforman el Gasto Común y que nos permiten realizar una proyección.
Similar será la proyección de ingresos. En los ingresos resulta más complejo, especialmente en comunidades con una morosidad muy alta, si se ejecutan gestiones de cobranza puede aumentar la recaudación y echar por tierra la proyección de los ingresos, o, por el contrario, si se produce una contracción en la economía del país, los ingresos pueden disminuir.
Ley 21.442.- Artículo 22.-
El administrador deberá confeccionar un presupuesto estimativo de las obligaciones económicas que debieran ser asumidas por el condominio en un período de doce meses, considerando el promedio mensual de los gastos comunes ordinarios de administración, uso y consumo devengados en igual período y la proyección de los gastos comunes ordinarios de mantención o reparación programados para los doce meses siguientes, así como cualquier otro gasto extraordinario que sea posible estimar con anticipación. En dicho presupuesto deberá informarse también el monto disponible en el fondo común de reserva y especificar si se proyecta hacer uso de éste para cubrir tales gastos. Finalmente, el presupuesto deberá especificar la proyección de los ingresos del condominio por recaudación de gastos comunes u otros conceptos y precisar si se estima necesario efectuar un recargo en el cobro de los gastos comunes para solventar las obligaciones económicas proyectadas.
La ley nos indica que el presupuesto corresponderá a la suma de los gastos comunes de 12 meses, de los gastos comunes ordinarios y de administración, los de uso y consumo y de mantención proyectando reparaciones.
Tomemos un ejemplo real de un condominio:
Tomaremos los meses de octubre, noviembre, diciembre y enero. Así, nuestro presupuesto será más acertado y apegado a la realidad, contemplando meses normales y especiales, como lo es diciembre, con aguinaldos y feriados especiales. Enero con los reemplazos de vacaciones y el paso de primavera a verano con el cambio de consumo de agua y energía eléctrica.
En este ejemplo se puede apreciar un presupuesto según indica la ley:
Promedio mensual del valor del gasto común separado por áreas:
Resumenes de cada Área:
El saldo Fondo de Reserva, al que se suman los demás ítems que lo componen.
Proyección de ítems que serán cargados al fondo de reserva durante el año.
Total de ingresos del año
Finalmente un análisis de la proyección de egresos para el año, y cuanto se recargará el gasto común mensualmente.
Para este ejemplo se usaron datos reales de un condominio. El legislador busca con esta definición que la comunidad tenga una transparencia financiera.
Este presupuesto anual, en el cual se incluyen gastos e ingresos proyectados, permite al administrador clarificar lo que ocurrirá en el año. Los residentes conocerán con anterioridad el presupuesto lo que les ayudará a ordenar sus finanzas personales.
En este enlace puede revisar la plantilla de calculo para realizar el presupuesto anual. Ver aquí
Presupuesto estimativo de obligaciones economicas – Calculo de presupuesto anual de gastos comunes
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